Sociedad

Fariña

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Unos días atrás, un amigo me preguntó qué pensaba del auto judicial que acordaba el secuestro de Fariña —el libro de Nacho Carretero— a petición de Alfredo Bea Gondar, un señor que fue alcalde de O Grove años ha. Serio como soy, deslicé un «sin ver las referencias del libro y la demanda no voy a poder opinar». A los pocos minutos aparecían en mi correo electrónico las citas concretas de la obra referidas a Bea, las sentencias que lo absolvían y la demanda que ha presentado en la que pide que se condene al autor y a la editorial —Libros del K.O. a pagar medio millón de euros por daño moral. «It’s a trap», gritó mi cefalópodo interior, pero ya no había forma de escapar. Pregunté, en esta su revista de ustedes, si interesaba un artículo sobre la materia y se me contestó: «No irás a defender al alcalde, ¿verdad?»; repliqué veloz, «solo defenderé la verdad». Tenía el nihil obstat.

La telaraña fue creciendo. Empecé a leer artículos sobre el demandante, vi una entrevista muy divertida en La Sexta y terminé diciéndome compulsivamente: «contexto, contexto». Así que intenté comprar el libro, aprovechando que todavía no desobedecía ninguna orden judicial. Imposible: al parecer, hordas de ciudadanos preocupados por la libertad de expresión —o al contrario, vayan ustedes a saber— habían tomado la misma decisión y ya no quedaba ni uno en las librerías. Por suerte la copia digital es innumerable, como las obras de Dios, y por unos modestos 7,99 € pude perder una noche entera y enfarloparme hasta las trancas de contexto.

El primer descubrimiento que haces al leer el libro es que el señor Bea Gondar ha debido de tener un ataque de irrelevancia. En las más de trescientas páginas de la obra, entre miles de palabras y personajes de todo tipo, solo se le cita por su nombre en dos ocasiones, y una de ellas es una nota. Tan es así, que de desaparecer no lo notaría ni él, ya que afirma que no ha leído el libro, que lo ha hecho su abogado, por no hacer ganar más dinero a Nacho Carretero. Explicación esta extraña, ya que el abogado podría haberle prestado su ejemplar, pero que yo admito porque a mí tampoco me gusta prestar libros ni a mi padre.

Que el libro de Nacho Carretero no sea precisamente una biografía de Bea Gondar implica de entrada que la demanda pierda algo de fuelle. Si alguien acomete una empresa tan hercúlea como la de narrar la evolución del crimen gallego, desde los días de la piratería a los del contrabando de bienes de primera necesidad y, más tarde, del tabaco y la droga, se le ha de exigir un tipo de precisión y de exactitud que no es la de una sentencia judicial. A veces el paisaje se pinta difuminando los árboles del fondo a la derecha, pero eso no implica que el paisaje sea falso. El que dibuja Nacho Carretero rezuma verosimilitud y desasosiego. Como logro ya es destacado.

Naturalmente, un arbusto difuminado en la esquina superior derecha del cuadro puede protestar si el dibujo que se hace de él está algo más que difuminado. Es lo malo de las pinturas de batalla —y esta lo es—, que en ellas aparecen personas. Así que dejemos el contexto general y vayamos al particular. ¿Es razonable la queja de Bea Gondar?

Como el asunto es materia de un proceso en curso, estas opiniones son necesariamente provisionales. Por suerte, la materia probatoria es esencialmente documental, y a esa podemos acceder sin problemas.

La demanda reprocha a Nacho Carretero  dos menciones del antiguo alcalde de O Grove. En la primera, se dice:

(…) Según contó años después, «O Piturro» entregó los 300 kilos que se habían salvado a «tres fulanos que no eran gallegos». Metieron la carga en un coche (33) y se largaron de allí. Dónde iban ya no era asunto suyo; él no coordinaba la operación, era solo el transportista. Los cerebros del alijo eran Manuel Carballo y Pablo Vioque, el abogado afiliado al PP que mutó en narcotraficante.(…)

(33) El coche, tal y como descubriría la investigación años después, estaba a nombre de Alfredo Bea Gondar: alcalde de O Grove, afiliado al PP (otro más) y procesado en 2001 por un alijo de dos toneladas de cocaína.

La demanda afirma que esto es falso.

Dejemos de lado la cuestión sobre la afiliación de Bea Gondar al PP o a AP —algo que afirman periódicos de la época y que él niega—, ya que la única manera de que una inexactitud en este punto genere un derecho a ser indemnizado sería considerar que haberlo sido mancharía por sí solo la reputación de alguien. No parece que objetivamente pueda defenderse, por más que algunos o muchos quisieran.

Veamos el resto. La demanda afirma que el exalcalde no era el propietario del coche en el que la policía encontró cocaína —por cierto, doce y no trescientos kilos, como se dice en algunas informaciones, deduciéndolo de la cita del libro— y que fue absuelto por la Audiencia Nacional en una sentencia de 23 de noviembre de 1993.

Efectivamente, es así. La cuestión, sin embargo, es que la sentencia, pese a absolver a Bea Gondar, declara hecho probado que se incautó a un ciudadano colombiano (que es condenado en esa sentencia a diez años de prisión) un total de treinta kilos de cocaína (doce en un coche y dieciocho en un domicilio); que ese ciudadano había contactado con Bea Gondar (al que había conocido tiempo atrás en Bogotá) previamente; que este lo recibió en el aeropuerto de Madrid, que en compañía de otras personas, se trasladaron a O Grove; que allí Bea Gondar alquiló un coche; y que es en ese coche, ya en Madrid, y conducido por el ciudadano colombiano, en el que la policía termina encontrando los doce kilos.

Si vuelven a la cita de Fariña pueden comprobar que el autor del libro no dice que Bea Gondar fuese propietario del vehículo. Dice que estaba «a su nombre». El demandante asume que «a su nombre» equivale a propiedad, pero no. Esa no es una expresión jurídica. En todo caso, es compatible con ser arrendatario. Y sí, el señor Bea Gondar fue procesado en 2001.

Nada de lo que se cuenta en esa cita del libro es, por tanto, falso, salvo, en su caso, lo relativo a la condición de afiliado de AP o del PP del exalcalde. Y esto, de serlo, es inocuo. La queja del demandante no se sostiene.

Sigamos con la segunda cita:

Aquel junio de 1991 Orbaiz Picos se ofreció al cartel de Cali para traer 2000 kilos de cocaína. Lo hizo a través de Alfredo Bea Gondar, alcalde de O Grove por AP en 1983 y 1991 (este último año ganó con mayoría absoluta, después de haber sido acusado de narcotráfico, aunque duró dos días en el cargo), quien aceptó la propuesta y se puso en contacto con Manuel González Crujeiras «o Carallán», al que ya conocemos de su época como colaborador de «Sito Miñanco». Diez años más tarde, en 2001, Garzón los procesó a todos.

La queja, en este caso, se fundamenta en el hecho de que Bea Gondar, por los hechos que se narran en el libro, fue absuelto por el Tribunal Supremo en una sentencia de 27/04/2006.

Y efectivamente es así. También lo es que Bea Gondar y otras muchas personas fueron procesadas en 2001 por el magistrado Baltasar Garzón y que en 2004 la Audiencia Nacional condenó a algunos de los procesados. Bea Gondar fue condenado a cuatro años de prisión, y los hechos se remontaban al cuarto trimestre de 1990, y se referían al transporte y descarga de una importante cantidad de cocaína por medio de un barco de nombre Grampian Almiral.

Los hechos narrados en el libro, en consecuencia, se apoyan (ignoro que otras fuentes ha manejado el autor) en los hechos que se declararon probados en una sentencia. Lo único que no se incluye en la sentencia es la cantidad de droga, dos mil kilogramos, aunque esa cifra sí constaba en el sumario original.

La cuestión es que esa sentencia fue casada por el Tribunal Supremo, que absolvió a todos los acusados.

Se puede, por tanto, afirmar que el libro es incompleto, puesto que recoge la versión de hechos que aparece en la primera sentencia, pero no la posterior que la rectifica. De hecho, la cita del libro sería inatacable, sin modificarla, simplemente incluyendo algunas palabras: un «según una sentencia de la Audiencia Nacional de 2004», al principio, y un «aunque fueron finalmente absueltos por el Tribunal Supremo en 2006», al final. La cuestión es si esas ausencias indican que se falte a la verdad. Para afirmar esto, el demandante ha de acreditar que Nacho Carretero era consciente de esa absolución y no la incluyó —en una obra repleta de personajes, datos, citas, relaciones, procesos— con la intención de dañarlo. De hecho, como han visto, se menciona el procesamiento, pero no la condena inicial, que, además, se basó en la declaración de una persona y el libro, en gran medida, es una plasmación de testimonios avalados por toneladas de datos.

¿Es mejor el libro incluyendo la absolución? Para evitarse problemas legales, sí, ya lo estamos viendo. Para el afectado, también, y eso es un valor que todo autor debería considerar. Pero también lo es por una razón que tiene que ver con la narrativa, aunque comprendo que esto exceda de la intención inicial de Nacho Carretero.

Me explicaré: he leído, como argumento un tanto grupi, que la absolución de Bea Gondar y los restantes acusados, en el Tribunal Supremo, obedeció a una cuestión o defecto formal. Pues no, no es así. De hecho, la sentencia del Tribunal Supremo que absolvió a todos los acusados por ese alijo de principios de los noventa es terriblemente dura con el instructor, señor Garzón, y con los magistrados que condenaron en primera instancia, con inclusión de una llamada a un centro penitenciario para comprobar si el «arrepentido» que testificó contra los demás acusados, el único que no recurre la sentencia, aún seguía en prisión, precisamente por la crítica directa a un uso excesivo de esta figura. Hubiera merecido la pena que un capítulo del libro se refiriese al mundo del narcotráfico desde la ventana de enfrente: la relativa a su persecución y, por qué no, a los excesos cometidos.

Ahora bien, incluso aunque el señor Bea Gondar demostrase mala fe en Nacho Carretero se enfrente a un problema espinoso. Además de pedir que su nombre desparezca del libro —algo poco lógico, considerando lo que se dice en este artículo y teniendo en cuenta que en sus últimas ediciones ya se incluye la absolución por el Tribunal Supremo—, solicita una indemnización de medio millón de euros. ¿Sobre qué criterio? Es imposible saberlo. La demanda no contiene ni un solo elemento que justifique una cifra tan importante, mayor que las que se conceden por asesinatos terroristas, y mayor que el beneficio conjunto de la editorial y el autor por el libro.

¿Vale la reputación del demandante medio millón de euros? El elemento clave, en mi opinión, no es que un hecho sea más o menos inexacto, sino que esa inexactitud traslade a la opinión pública algo incierto. Además, en un libro como este, los procesos judiciales y sus resultados son una fuente esencial, pero desde luego no la única, más cuando se trata de dibujar una situación global y compleja espaciada en varias décadas, en la que ni la biografía de los personajes más importantes puede considerarse su materia o tema, frente a la perniciosa y disolvente influencia de la ilegalidad cotidiana, aceptada como modo de vida.

Bea Gondar, en su demanda, pretende parcelar este objeto. Afirma que su honor se ve afectado porque salió absuelto de los dos procesos en los que se le acusó de tráfico de drogas. Y niega cualquier relación con el narcotráfico.

Más aún, en la entrevista que se enlaza al comienzo de este artículo, Bea Gondar admite que fue condenado por blanqueo de capitales, pero añade: «Nada tiene que ver con el narcotráfico».

He buscado las sentencias sobre este asunto. La primera, de la Audiencia Nacional, de 27/07/2005. La segunda, del Tribunal Supremo, de 25/04/2007. La única diferencia entre ambas sentencias es que de la primera a la segunda se aumentó la pena impuesta a Bea Gondar (y otras personas) de tres años y tres meses de prisión a cuatro años, siete meses y quince días de prisión. También se le imponía una multa de 1.800.000 €.

La sentencia, en los hechos probados, se refiere a una organización dedicada al blanqueo de capitales. Así nos cuenta que:

Al menos desde primeros del año 1998, A (nombre supuesto de un ciudadano de nacionalidad colombiana), (…) se instaló en España con la finalidad de recaudar importantes sumas de dinero procedentes del tráfico ilegal de drogas y su posterior remisión, mediante transporte físico y a través de cuentas bancarias establecidas en España y Suiza, a Miami (EE.UU.), Colombia, Panamá y Gibraltar».

De hecho, ese ciudadano colombiano fue condenado como jefe de la organización. También dice la sentencia, en sus hechos probados, que:

9.- Por su parte, B realizó cambios de divisas por cuenta de A por importe de 7.000.000 de pesetas aproximadamente; así con fecha de 12 de febrero de 1999 realizó en Caja España un cambio de 13.225 Dólares USA por 2.037.998 pesetas. Así mismo, en el registro de la Sucursal del BESSA de Burgos practicado el 12 de abril de 1999, oculto en el interior de la caja fuerte se encontró un maletín de cuero marrón conteniendo 15.700.000 pesetas que B había trasladado desde Madrid a Burgos para su posterior envío al exterior.»

B es el señor Bea Gondar.

¿Cuál fue la razón por la que se incrementó la pena en la sentencia dictada por el Tribunal Supremo? Esta:

VIGESIMOPRIMERO.- En un solo motivo por infracción de ley, el Ministerio Fiscal denuncia el error, que según su criterio, ha sido cometido en la sentencia al individualizar la pena, pues habida cuenta que la pena tipo está comprendida entre seis meses y seis años, que debe imponerse en su mitad superior por aplicación de la agravación relativa a la procedencia del dinero de un delito relacionado con el tráfico de drogas y que al mismo tiempo debe imponerse la pena resultante en su mitad superior al apreciar la existencia de organización, (…)

Es decir, se incrementó la pena por haber quedado acreditado que el dinero blanqueado provenía del narcotráfico y que los acusados formaban parte de una organización destinada a su blanqueo.

Recapitulemos: en la entrevista de la Sexta tantas veces citada, el señor Bea Gondar insiste de forma reiterada en que todo lo que dice Nacho Carretero sobre él es falso y en que él no ha tenido nunca ninguna relación con narcos.

Yo no conocía a Alfredo Bea Gondar. Dudo que, de haber simplemente leído el libro, hubiera recordado su nombre más allá del par de minutos posterior a la lectura de su insignificante presencia en sus páginas, ante la avalancha de datos, nombres y trayectorias vitales que se van sucediendo.

Hoy, gracias a su inestimable ayuda, el libro está agotado, la serie que se va a estrenar ha recibido una jugosa publicidad, la gente se ha puesto a discutir sobre la libertad de expresión y yo he escrito un artículo, después de buscar sentencias olvidadas. Dudo que la demanda se estime. Dudo mucho más que, de estimarse, el señor Bea Gondar reciba poco más que un premio de consolación. Y seguramente ese premio será una pequeña fracción de lo que el autor del libro y la editorial habrán obtenido con las ventas posteriores a la demanda.

Por otra parte, yo lo recomiendo. Se lee de tirón.

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7 Comments

  1. kilgore

    Antes de leer las fundamentos de derecho expuestos por nuestro estimado leguleyo, yo pensaba que el amigo exalcalde era un jeta con más cara que un vagón de muñecos. Ahora tengo la convicción de que es un mafioso de la peor calaña, intentando dar otro palo, que el dinero fácil engancha.
    Honor dice el colega. Los tiene cuadrados

  2. Isaías

    Pues si es cierto lo que afirma Tsevan Rabtan, que seguro lo será, al amigo Gondar le ha salido un pan como unas tortas: le van a lavar la cara pero bien…

    Por cierto, otra sentencia de Garzón que le tumban, por lo que se lee en el artículo. ¿Y van…? Menudo fiera… Con razón era el santo y seña de la corrupción argentina en época de la Kirchner…

  3. No tiene nada que ver…, pero a mí lo que me gusta de este artículo es que el autor del mismo sea capaz de presentar su texto de una manera clara y diáfana.

  4. Pingback: ‘Fariña’, así es el libro “prohibido” en el que se basa la nueva serie de Antena 3 – Fase9

  5. Es un placer leer un artículo como este. Trabajado y, especialmente, escrito con una vocación tan lograda de claridad.

    Ante esto solo se puede dar las gracias.

  6. Enhorabuena por el artículo, curioso país en ka q gente como garzón es condenada y pájaros como Alfredo Bea se libran… y aún reclaman!curioso

  7. Nemigo

    estaban todos metidos en el contrabando hasta las trancas
    y los partidos políticos, policías, jueces y todo el que andaba por allí trincaba la pasta sin problema… hasta los militares se dedicaban al contrabando (de trabaco) y nadie decía ni hacía nada para evitarlo

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