Hay muy buenas razones para que los expedientes judiciales sean secretos. Son “obras en construcción”, por decirlo de alguna manera, tremendamente susceptibles de manipulación. Si usted va a un juzgado y pide las diligencias previas 2356/12 el señor funcionario le preguntará —se supone que siempre— si es parte personada antes de dejárselo examinar. Los juicios y las sentencias, sin embargo, son públicos, y es lógico que lo sean ya que la justicia tiene, si pretende evitar el privilegio, que poder resistir el análisis directo por el ciudadano.
Como los ciudadanos deben tener derecho a ser defendidos por un abogado, alguien que solo atienda a sus intereses, el expediente judicial está a disposición del juez instructor, de los acusadores y, lógicamente, de la defensa, pero esto no implica que puedan, ni ellos ni los funcionarios judiciales, hacer público su contenido. No solo no pueden, sino que está prohibido expresamente (y es delictivo en el caso de los funcionarios públicos). Estamos tan acostumbrados a conocer del contenido de los expedientes judiciales que parece que todo el mundo se ha olvidado de que el acceso a ellos por quien no está autorizado es ilegal.
Hasta ahora he hablado solo de la regla general. Hay, sin embargo, una situación en la que se restringe el acceso al sumario incluso a las partes personadas: cuando el sumario se declara, total o parcialmente, secreto. En este caso, no solo usted, amigo lector, no debe tener acceso a un expediente judicial, sino que el propio abogado personado trabaja absolutamente a oscuras.
Se supone que es una situación excepcional, que no debe durar más allá de un mes, pero que puede ir prorrogándose. Esta medida, que se controla por los jueces y contra la que la defensa se encuentra inerme de hecho (no puedes argumentar contra lo que no conoces), se justifica por las necesidades de la investigación. Se supone que se adopta para que nadie —y se piensa sobre todo en el imputado— pueda interferir en aquélla.
Si es escandaloso que en la práctica se acceda a lo que se contiene en un sumario, que es secreto, imaginen hasta qué punto es grave que se pueda acceder por terceros —ajenos al proceso— a la investigación criminal declarada secreta incluso para las partes.
Sin embargo, pese a esta gravedad, las filtraciones son constantes y la persecución de estas conductas inexistente. Hasta el punto de que más de un imputado pueda preguntarse, legítimamente, si el secreto del sumario que termina conociendo todo el mundo no es sino una manera de impedirle que se defienda, en vez de asegurar un buen resultado de la investigación.
Entre los acusadores, se supone que el fiscal tiene una posición especial, ya que le incumbe defender la legalidad y le pagamos entre todos. Esta es la razón de que el fiscal sí tenga acceso al sumario secreto. También tienen acceso —siquiera parcialmente— los que auxilian al juez, sobre todo en tareas de investigación, como sucede con la policía o con un perito, por ejemplo. Todos ellos deben o conocer sus obligaciones o ser instruidos en ellas antes de intervenir en diligencias declaradas secretas.
Como habrán podido comprender, todo lo anterior es un preámbulo en relación con lo sucedido hoy en el asunto de los niños desaparecidos en Córdoba. Como lo conozco por lo que he leído en la prensa y por lo que he podido escuchar de boca del señor ministro del Interior, D. Jorge Fernández Díaz, me excuso por lo que sea inexacto.
Sobre la situación del sumario, veo que el secreto se prorrogó (aunque parcialmente) en cinco ocasiones y que se levantó totalmente en abril. Leo que, con posterioridad, se han vuelto a declarar secretas determinadas diligencias.
Leo también que, mientras era secreto se efectuó un informe pericial, de unos huesos, que conocimos —¡naturalmente!— a pesar de que el sumario era secreto entonces. Esa filtración es la primera irregularidad.
Escucho al ministro del Interior decir que la acusación particular solicitó que se efectuase un segundo informe por un perito propuesto por ella, y que el juez accedió. Lo primero que hay que decir es que al perito se le aplican las mismas restricciones que a las partes en lo relativo a su obligación de guardar secreto. Recordemos que el perito, para efectuar su informe, ha tenido que acceder a los restos. Si en ese momento la diligencia no era secreta —no sé si lo era o no, aunque imagino que no, ya que era diligencia de parte— es lógico que el perito al entregar su informe comunicase también sus resultados a quien le pagaba: la acusación. Si era secreta no debió comunicarlos ni siquiera a ellos.
Sin embargo, nos dice el ministro en la rueda de prensa que cuando se entregó el informe por el perito contratado por la familia, el juez adoptó la decisión de que se contrastase y que la policía acudió al señor Bermúdez de Castro, eminente paleoantropólogo. Y expresamente ha dicho el señor ministro que estas diligencias se declararon secretas por el juez y que por eso no se había comentado nada sobre el resultado de las mismas. Esto de por sí ya es pasmoso: en una investigación controlada por un juez de instrucción, la policía no debería contar nunca nada sobre sus pesquisas o informes, con independencia de que se haya decretado o no secreto de sumario.
Y, en cualquier caso, lo que resulta indiscutible es que esos informes, al recibirse en el juzgado, se han declarado secretos por el juez, ya que el abogado del imputado no los tiene.
Pese a ello, el señor ministro da una rueda de prensa e informa sobre su contenido. El señor ministro, que es autoridad y al que se le aplican los mismos límites que a los demás autoridades y funcionarios, nos explica —aunque sea superficialmente— el contenido y conclusiones de unos informes secretos y que le constan por razón de su cargo. Y, cosa aún más sorprendente, nos cuenta que esa rueda de prensa la da tras haberla pactado con el juez instructor, por las filtraciones a la prensa.
Es decir, el abogado del señor Bretón no conoce unos informes que aseguran que entre los restos hallados se encuentran los de niños y, en concreto, los de un niño de alrededor de seis años. No están a su disposición porque son secretos para que no se vea afectado el buen fin de la investigación. No los tiene el procesado, ni su abogado, pero todo el mundo conoce sus conclusiones antes que ellos por boca del jefe de la policía.
Más aún, el juez expresamente ha acordado nuevas diligencias secretas (que ya sabemos todos en qué consisten) sobre la base de unos informes secretos que todos estamos comentando alegremente.
En un país serio, el señor ministro, al que parecía solo preocupar la imagen de los escribientes que hacen borrones, todo lo más habría comparecido para decir que no puede hablar de informes que se encuentran bajo secreto de sumario. Y si hay filtraciones o hay intranquilidad entre la población, que se joda la población, que se supone que este es un Estado de Derecho. Y en un país serio, desde luego, los primeros que sabrían el contenido de esos informes serían las partes y no unos periodistas.
Por cierto, el señor ministro ha hablado de que no habían gustado las filtraciones desde el entorno de la familia de la madre de los niños desaparecidos. Esto es llamativo porque cierto periodista le ha preguntado al señor Fernández Díaz si la familia, que ha pagado el informe, no podía darlo a conocer. Lo curioso es que la filtración que publicaban los periódicos esta mañana explicaba algo que no se ha mencionado y que iba más lejos: la policía —nos decían— había confirmado a la familia que los informes de la propia policía ratificaban las conclusiones del informe pericial encargado por aquélla.
Es decir, el señor ministro protestaba porque lo que ellos habían filtrado a la familia de forma indebida había acabado en la prensa. El filtrador filtrado.
Triste el día de hoy. Por muchos motivos.
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Pues sí. Sin los conocimientos necesarios ya me barruntaba algo así escuchando al Ministro.
Parece ser, usted dirá, que también nuestros jueces tienen una tendencia natural a la prisión preventiva, con el fin de *ablandar* al procesado.
Muy buen artículo. Cada vez me estoy aficionando más a esta revista. Una pregunta para ver si algún expero me la puede solucionar:
El hecho que el contenido del último informe haya sido divulgado pero éste no se haya entregado a la parte acusada, puede provocar indefensión del Sr. Bretón?
Gracias
Sé que mi postura es un poco heterodoxa; pero creo que este tipo de casos no se deberían airear en los medios de comunicación; a mí me resultan muy desagradables, me recuerda a cuando se les tira un muerto (noticia escabrosa) a los zombies (todos nosotros) de Walking Dead.
Y si no deberían airearse, muchísimo menos por un ministro, a no ser que quiera sacar a pasear su incompetencia, que parece ser que a éste le da absolutamente igual hacerlo y a la vez cagarse en todo lo que él mismo representa. X2 Combo, ministro. Vaya combo.
Un placer tenerle de vuelta, señor Rabtan, aunque sea cabreado. Siempre es un gusto leerle.
Me figuro que entonces al autor le parecerá injusto el linchamiento público que (con razón) sufre Iñaki Urdangarín y el que sufrió (pese a ser inocente) Fco. Camps.
Todos estos casos han estado repletos de filtraciones que vulneran el secreto de sumario.
La filtración a la prensa afín de los sumarios secretos ha sido la estrategia seguida por los fiscales anticorrupción de Baleares para asegurar la condena en la opinión pública y presionar así a los jueces. No querían que se repitiera el bochorno del «caso Caballistas», con unos 10 alcaldes del PP imputados (y fotografiados en el banquillo en vísperas electorales), y que acabó con el archivo de la causa por inexistencia de hecho delictivo. Desde entonces, durante una temporada cada día abría el Diario de Mallorca con titulares del tipo «la fiscalía anticorrupción sospecha que Matas…», referidos a actuaciones en secreto de sumario. Los periodistas tomaban cafelitos con los fiscales, y éstos con el juez instructor, diariamente y a la vista de todos.
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